Es una solicitud de conexión a un nivel de tensión superior al que se encuentra conectado actualmente el cliente/usuario.
En la resolución CREG 015 de 2018 se definen los requisitos necesarios para realizar la migración de nivel de tensión en usuarios existentes. Específicamente el artículo 14, determina que en cualquier momento los usuarios del Sistema de Distribución Local podrán solicitar al Operador de Red (OR) del sistema al cual se conectan, a través de su comercializador, el cambio de nivel de tensión de su conexión. Para ello, el usuario debe pagar los costos asociados a la migración, según se determina en el Capítulo 11 de la misma Resolución.
También se configura una "MUNTS" exenta de cobro, cuando existe una solicitud de aumento de carga instalada debidamente demostrada y en el análisis de disponibilidad se resuelve atender en un nivel de tensión superior. En caso de que la cantidad de energía consumida durante el año siguiente al de entrada de la conexión, sea igual o superior a la cantidad de energía del año anterior, se conservará la exención de cobro por MUNTS. De no ser así, se efectuará el cobro correspondiente según lo calculado en el capítulo 11 y descrito en el párrafo anterior.